Dictum - Revista de Ciencias Jurídicas y Políticas | Universidad Yacambú | ISSN: 2959-1074
Dictum - Revista de Ciencias Jurídicas y Políticas | Universidad Yacambú

Vol. 4 N° 1

Enero - Junio 2025

Reconocimiento y protección de los derechos civiles de los apátridas

Recognition and protection of the civil rights of stateless persons

Lorena Gissel Collantes Coli
Abogada Especialista en Derecho Mercantil Docente Universitario. Universidad Yacambú
Recibido: 16-12-24
Aceptado: 07-01-25

Resumen

Este artículo tiene como propósito principal analizar el reconocimiento y la protección de los derechos civiles de las personas apátridas, quienes carecen de nacionalidad legalmente reconocida por cualquier Estado. Se destaca la apatridia como una condición que afecta a más de 10 millones de personas a nivel mundial, generando una grave vulnerabilidad debido a la exclusión de derechos básicos, tales como el acceso a servicios, justicia, educación y trabajo. La metodología empleada es documental y descriptiva, revisando las normativas internacionales relevantes, como la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas de 1954 y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Estas normas establecen los derechos fundamentales de los apátridas, incluyendo la libertad de movimiento, la educación y el acceso a la justicia. El estudio identifica lagunas en la implementación efectiva de estas normativas, lo que perpetúa la discriminación y exclusión social de este grupo. La conclusión principal resalta la necesidad urgente de reformas en las leyes internacionales y nacionales para garantizar la protección integral de los derechos civiles de los apátridas, promoviendo una solución que considere los aspectos civiles, políticos y sociales, y la colaboración internacional para abordar esta problemática de manera efectiva.

Palabras clave:
derechos civiles, apátridas, reconocimiento de derechos, protección internacional y ciudadanía.

Abstract

The main purpose of this article is to analyze the recognition and protection of the civil rights of stateless persons, who lack nationality legally recognized by any State. Statelessness is highlighted as a condition that affects more than 10 million people worldwide, generating a serious vulnerability due to the exclusion of basic rights, such as access to services, justice, education and work. The methodology used is documentary and descriptive, reviewing relevant international regulations, such as the 1954 Convention Relating to the Status of Stateless Persons and the International Covenant on Civil and Political Rights. These norms establish the fundamental rights of stateless persons, including freedom of movement, education and access to justice. The study identifies gaps in the effective implementation of these standards, which perpetuates discrimination and social exclusion of this group. The main conclusion highlights the urgent need for reforms in international and national laws to ensure the comprehensive protection of the civil rights of stateless persons, promoting a solution that considers civil, political and social aspects, and international collaboration to effectively address this issue.

Keywords:
civil rights, stateless persons, recognition of rights, international protection and citizenship.

Introducción

La apátrida es una condición que afecta a millones de personas en todo el mundo, quienes se encuentran en una situación de vulnerabilidad debido a la falta de reconocimiento legal de su nacionalidad. Según el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR, 2017), estima que hay más de 10 millones de apátridas en el mundo, individuos que, por diversas razones, no son considerados como ciudadanos por ningún Estado. Esta situación plantea serios desafíos en términos de derechos civiles, ya que las personas apátridas a menudo carecen de acceso a servicios básicos, protección legal y derechos fundamentales que son inherentes a la condición de ciudadano.

Históricamente, la apátrida ha sido un fenómeno que ha surgido a raíz de conflictos bélicos, cambios en las fronteras nacionales, discriminación étnica y la falta de reconocimiento de ciertos grupos por parte de los Estados. A lo largo del siglo XX, la comunidad internacional ha comenzado a abordar esta problemática, destacando la importancia de garantizar los derechos de las personas apátridas. La Convención sobre el Estatuto de los Apátridas de 1954 y la Convención sobre la Reducción de la Apátrida de 1961 son dos instrumentos clave que buscan proporcionar un marco legal para la protección de los derechos de estas personas, aunque su implementación y efectividad varían significativamente entre los países.

En este orden de ideas, las personas pueden llegar a ser apátridas por múltiples razones, continúa señalando ACNUR (ob.cit.) que entre esas razones se encuentra la discriminación de algunas leyes relativas a la nacionalidad, el conflicto que se puede presentar entre ellas y los vacíos que igualmente se pueden reflejar en las leyes que regulan la nacionalidad y su sucesión en los Estados. Una persona apátrida, se encuentra en un país donde no tiene nacionalidad ni residencia habitual, la situación se complica aún más. La falta de un estatus legal claro puede llevar a la exclusión social, la discriminación y la violación de derechos humanos fundamentales. En este sentido, es crucial analizar cómo los Estados pueden y deben garantizar la protección de los derechos civiles de estas personas, incluso en ausencia de una nacionalidad formal. Esto incluye el acceso a la justicia, la educación, la atención médica y la posibilidad de participar en la vida pública. Recientemente a causa de la falta de inscripción en el Registro Civil de los niños o niñas nacidos recientemente en las ciudades fronterizas de Colombia, hijos de padres venezolanos en tránsito migratorio, que finalmente se ha ido resolviendo en favor de estos migrantes siguiendo el principio de Interés Superior.

A través de este estudio de tipo documental de carácter descriptivo se propone analizar el contexto jurídico que ampara a los apátridas que sufren atropello de sus derechos civiles, y que conocer la efectividad de la opción que permite a los ciudadanos expresar su rechazo a la donación se vuelve crítica; el acceso a los registros pertinentes y la claridad del proceso son elementos esenciales que pueden influir considerablemente en la protección de los derechos individuales.

Por ello, resulta imperativo, comprender sus implicaciones jurídicas; que aborda la intersección entre derechos individuales, interés público y principios de Derecho Internacional Privado que prevalecen para aplicar la ley a una persona apátrida en un país donde no tiene nacionalidad ni residencia habitual, centrados en el marco normativo que garantice la dignidad humana, el respeto de los derechos humanos fundamentales.

Desarrollo

El reconocimiento y protección de los derechos civiles de una persona apátrida en un país donde no tiene nacionalidad ni residencia habitual, puede darse por varias razones, incluida la discriminación contra determinados grupos étnicos o religiosos, o bien por motivos de género, la aparición de nuevos Estados, la transferencia de territorio entre Estados existentes, y vacíos en las leyes de nacionalidad.

En tal sentido el estudio propone reflexionar sobre ¿cómo es definida por la doctrina la apátrida por el derecho internacional y cuáles son los derechos civiles reconocidos y protegidos de los apátridas contemplados en los tratados internacionales?; ¿Qué principios de derecho internacional privado se utilizan para determinar la ley aplicable a la situación propuesta? y ¿Qué medidas pueden tomar los países para proteger los derechos civiles de las personas apátridas?

En el ámbito del derecho internacional, una persona apátrida en un país donde no tiene nacionalidad ni residencia habitual es de suma importancia por varias razones, es fundamentan internalizar la problemática en el marco de los. Derechos Humanos Fundamentales, donde las personas apátrida por lo general, enfrentan violaciones graves de sus derechos fundamentales. Investigar su situación ayuda permite visibilizar estas violaciones y a promover el respeto por los derechos fundamentales, como el derecho a la vida, la libertad y la seguridad de las personas.

La temática genera una relevancia desde el ámbito social, que considera a la inclusión social del apátrida, debido a que el problema que sufren, puede llevarlos a la exclusión social y en ocasiones a la marginalización de las personas involucradas. Al investigar y analizar estas situaciones, se pueden desarrollar políticas públicas que fomenten la inclusión y la integración de estas personas en la sociedad, con derechos y deberes ciudadanos.

Bajo la perspectiva del derecho internacional, resulta imperioso promover el desarrollo de estrategias de protección enfocadas hacia los más vulnerables, con ocasión a la diáspora masiva de venezolanos, donde se pueden desarrollar estrategias efectivas que amparen los derechos civiles de las personas apátridas, incluyendo el acceso a servicios básicos como educación, salud y empleo. Resulta un factor clave la colaboración internacional entre los gobiernos, organizaciones no gubernamentales y organismos internacionales para abordar la apátrida de manera integral y coordinada.

Desde la perspectiva jurídica internacional, las normas que contemplan la situación de personas apátridas, presentan algunas lagunas que conllevan a proponer reformas que garanticen su protección, siendo relevante asegurar que se cumplan los compromisos suscritos por los Estados, tales como la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas de 1954. El reconocimiento y protección de sus derechos civiles es esencial para promover la justicia social, garantizar el respeto por los derechos humanos y contribuir a la construcción de sociedades más inclusivas y equitativas. La falta de coordinación entre los países para proteger los derechos de las personas apátridas; la ambigüedad en la aplicación de los tratados internacionales y la necesidad de una solución integral que aborde los aspectos civiles, políticos y sociales son aspectos de gran interés que deben resolverse cuanto antes.

El término "apátrida" se refiere a una persona que no es considerada como nacional por ningún Estado, lo que significa que carece de la nacionalidad de un país. Esta condición puede surgir por diversas razones, como la discriminación, la falta de registro de nacimiento, o cambios en las leyes de nacionalidad. La persona considerada como apátrida, no es considerada como nacional por ningún Estado, bajo el funcionamiento de sus leyes. En otras palabras, una persona apátrida carece de nacionalidad legalmente reconocida. Es un problema complejo que puede ocurrir por múltiples razones, tales como la discriminación en las leyes de nacionalidad, conflictos entre las leyes de diferentes países, o problemas derivados de la disolución de un Estado o cambios en su estructura legal.

Según el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP, 1966), en su artículo 24, se establece que "toda persona tiene derecho a adquirir una nacionalidad". La falta de nacionalidad puede llevar a la apátrida, lo que se ha estudiado ampliamente en la literatura jurídica. Salinas (2016), la apatridia, es un fenómeno que tiene como causa un no reconocimiento, por parte del estado, de la nacionalidad de una determinada persona, es decir, es efecto de un acto estatal, y no de la persona. Así que, como definido por la Convención de Nueva York mencionada, la apatridia es la falta de la nacionalidad en el sentido jurídico (reconocimiento estatal). Por su parte, Weis (1979), en su libro "Nationality and Statelessness in International Law", define al apátrida como la persona a la que ningún Estado considera nacional conforme a su legislación interna. Weis destaca que este fenómeno se debe a la falta de coherencia en las leyes nacionales sobre la nacionalidad, lo que provoca casos de apatridia.

Hathaway (2005), en su obra "The Rights of Refugees under International Law", define a los apátridas como "individuos que no son reconocidos como ciudadanos por ningún Estado, lo que les priva de los derechos y protecciones que la nacionalidad confiere". Esta definición resalta la vulnerabilidad de los apátridas en el contexto internacional. Goris, Harrington y Köhn (2009), infieren sobre una clasificación no reconocida por la legislación, pero sí por la doctrina, en la que se divide la condición de apátridas en apátridas de iure (jurídicamente), es decir, aquellos “que no son reconocidos como nacionales de ningún Estado conforme a su legislación”. No obstante, estos investigadores aluden a que existen personas a las cuales si bien “no se les ha denegado formalmente la nacionalidad ni se les ha despojado de ella, pero se les niega el acceso a muchos derechos humanos que disfrutan otros ciudadanos”.pág. 32.

Otro aspecto a ser considerado por la doctrina es lo referido por Nehemiah Robinson, en "Convention Relating to the Status of Stateless Persons: Its History and Interpretation" (1955), define la apatridia como una situación que surge de una falta de lazo jurídico efectivo entre el individuo y un Estado. Señala que esto tiene consecuencias no solo en términos de identidad, sino también de derechos y protección.

Distingue y señala Urbina (2012), que refugiados son personas que debido a fundados temores de persecución de encuentra fuera de su país. El apátrida no necesariamente teme persecución, pero, de encontrarse en esa circunstancia, para ser considerado como refugiado, igualmente deberá estar fuera del país donde antes tenía su residencia habitual. Por su parte, si un refugiado es privado de su nacionalidad se convierte también en un apátrida. En torno a esto, sostienen, Guy S. Goodwin-Gill y Jane McAdam en "The Refugee in International Law" (2007) que la apatridia es una condición jurídica resultante de la incapacidad de una persona para establecer una conexión con un Estado a través de la nacionalidad. Para estos autores, la apatridia puede ser involuntaria (por cambios en la legislación) o voluntaria (renuncia a la nacionalidad sin adquirir una nueva). Los apátridas se enfrentan a una gran variedad de problemas, según dónde vivan y la razón por la cual son apátridas. Por lo general, como no pueden adquirir documentos de identidad para probar su ciudadanía, no pueden votar ni participar en procesos políticos y tampoco pueden obtener documentos para viajar, ni acceder a los servicios gubernamentales ni al empleo, vulnerándose de manera flagrante sus derechos civiles.

Derechos civiles de las personas apátridas

Los derechos civiles de los apátridas están contemplados en varios tratados internacionales. Uno de los más relevantes es la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas de 1954, que establece en su artículo 1 que "se considera apátrida a toda persona que no sea considerada como nacional por ningún Estado". Esta convención también establece derechos fundamentales para los apátridas, como el derecho a la libertad de movimiento, el derecho a trabajar y el derecho a la educación.

El Comité de Derechos Humanos de la ONU ha enfatizado en sus observaciones generales que los apátridas deben gozar de los mismos derechos que los ciudadanos, en la medida en que esto sea posible. En su Observación General No. 17, se menciona que "los Estados deben garantizar que las personas apátridas tengan acceso a los derechos civiles y políticos, sin discriminación". La condición de apátrida en el derecho internacional, implica la falta de nacionalidad y, por ende, la privación de derechos fundamentales. La doctrina y los tratados internacionales, como la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas de 1954 y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, establecen un marco para la protección.

La Convención sobre el Estatuto de los Apátridas (1954) establece un marco legal específico para proteger a las personas que no son reconocidas como ciudadanos por ningún país. Esta convención define quién es un apátrida y establece derechos fundamentales que deben ser garantizados, como el derecho a la educación, el derecho a trabajar y el acceso a la justicia. Además, los Estados que son parte de esta convención tienen la obligación de facilitar la naturalización de los apátridas y asegurar que no sean expulsados de su territorio.

Por otro lado, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), adoptado en la Asamblea General de las Naciones Unidas mediante Resolución 2200A (XXI), de 16 de diciembre de 1966, también juega un papel crucial en la protección de los derechos de los apátridas. Aunque no se refiere específicamente a ellos, establece derechos universales que deben ser garantizados a todas las personas, sin distinción. Esto incluye derechos como el derecho a la vida, la libertad y la seguridad de la persona, así como el derecho a un juicio justo. Estos derechos son aplicables a todos, incluidos los apátridas, lo que significa que deben ser tratados con dignidad y respeto, independientemente de su estatus de ciudadanía. Para Mansilla (1988) que en la aplicación de esta competencia el Estado debe respetar ciertos principios, como los contenidos en la Convención de la Haya de 1930, en la cual se establece que “el Estado es libre de fijar las reglas de nacionalidad, siempre que su legislación sea conforme a la costumbre internacional y a los principios generales del derecho generalmente reconocidos”.

En el mundo actualmente son apátridas más de diez millones de personas de conformidad con datos que maneja ACNUR, son personas que se les dice que no pertenecen a ningún lugar, y que se les niega una nacionalidad, en tal sentido, al carecer de ella, se les niegan sus derechos básicos. Al respecto a continuación se presenta en la Tabla 1. El incremento de casos de apatridia en Venezuela con ocasión a la diáspora masiva de venezolanos y el mundo proyectado désde 2014 hasta 2023 inclusive.

Tabla 1.

Autora: Collantes, L. (2024) (Fuente de la información tomada de ACNUR, "Global Trends" y "Global Report", la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), el Banco Mundial y procesada por la autora
Tabla 1

Línea naranja: Representa los casos estimados de apatridia en Venezuela, que han mostrado un crecimiento notable, especialmente en los últimos cinco años, debido a la migración masiva y a los problemas de registro de nacimiento de niños venezolanos en el extranjero.

Línea azul: Muestra la tendencia global de apatridia, que también ha aumentado de manera constante. Esto incluye la situación de comunidades tales como los Rohingya, apátridas en el Caribe, y otros grupos afectados a nivel mundial.

A continuación, este artículo investigativo, muestra una serie de casos representativos, relacionados con el problema de apatridia en el mundo de hoy, demostrando de esta manera, que es un problema real que agobia al mundo entero.

Cuadro Nº 01: Ejemplos recientes de apatridia como fenómeno migratorio

Caso Nº 01
Los Rohingya en Myanmar
Un ejemplo emblemático de apatridia a nivel global es la situación del pueblo Rohingya, un grupo étnico musulmán al que se le ha negado la ciudadanía en Myanmar desde 1982. Muchos Rohingya han sido desplazados y viven como refugiados apátridas en países vecinos como Bangladesh, sin acceso a derechos básicos.
Caso Nº 02
Los Dominicanos de origen Haitiano en República Dominicana
En 2013, una sentencia del Tribunal Constitucional de República Dominicana despojó de la nacionalidad a miles de personas nacidas en el país de ascendencia haitiana, dejándolas apátridas. Esto generó una crisis de derechos humanos en la región, ya que muchos perdieron acceso a servicios esenciales.
Caso Nº 03
Apátridas venezolanos en América Latina
La migración masiva de venezolanos en los últimos años ha generado situaciones de apatridia, especialmente en el caso de niños nacidos en el extranjero de padres venezolanos, que a veces enfrentan dificultades para registrar su nacimiento y obtener la ciudadanía. Países como Colombia han implementado medidas especiales para otorgar la nacionalidad a estos niños y evitar su apatridia.
Caso Nº 04
Niños de combatientes extranjeros en Siria
Otro caso reciente es el de los niños nacidos en campamentos en Siria de padres que se unieron a grupos armados y que ahora enfrentan barreras para adquirir nacionalidad. Muchos de estos menores, nacidos de padres apátridas o extranjeros, se encuentran en una situación de vulnerabilidad extrema.
Autora: Collantes, L. (2024)

Estos ejemplos traídos a colación, por la investigadora en el citado cuadro up supra, ilustran cómo la apatridia sigue siendo un problema actual y desafiante para las naciones, que exige una respuesta internacional coordinada para garantizar los derechos humanos de las personas afectadas por este flagelo. El estudio presenta un gráfico que muestra el incremento de los casos de apatridia en Venezuela y en el mundo durante los últimos 10 años: vea el Gráfico Nº 01, que ilustra cómo, mientras la tendencia global sigue un crecimiento gradual, el caso venezolano muestra un incremento más pronunciado en los últimos años.

La información que representa, se basa en estimaciones y tendencias generales informadas por organizaciones internacionales, especialmente de ACNUR, que publica regularmente informes sobre poblaciones apátridas en su sitio web y en documentos como el "Global Trends" y "Global Report", contrastando esta información por la investigadora con los datos obtenidos de los informes sobre la migración venezolana, que son emitidos por organismos internacionales, tales como la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), el Banco Mundial, y el ACNUR, que abordan específicamente la crisis migratoria venezolana y sus efectos, incluyendo problemas relacionados con la apatridia, especialmente en niños nacidos en países receptores. En tal sentido, las cifras exactas utilizadas en el gráfico son aproximaciones para ilustrar la tendencia observada, ya que los datos específicos pueden variar en función de las fuentes y actualizaciones anuales.

Derechos civiles de los apátridas en tratados internacionales suscritos por Venezuela

Los tratados, convenios y pactos internacionales son instrumentos jurídicos que regulan las relaciones entre Estados y otros actores en el ámbito internacional. Distingue la doctrina del derecho internacional: que los tratados internacionales son acuerdos formales y vinculantes entre dos o más Estados. En tal sentido, se rigen por el derecho internacional y pueden abordar una amplia variedad de temas, como comercio, derechos humanos, medio ambiente, entre otros. Su utilidad radica en que establecen obligaciones y derechos claros para las partes involucradas, promoviendo la cooperación y la paz internacional.

Por otra parte, se presentan los convenios: internacionales, caracterizados por ser un tipo específico de tratado, que generalmente se refieren a acuerdos multilaterales. Los cuales suelen ser adoptados en conferencias internacionales y tienen como objetivo primordial, regular cuestiones de interés común, tales como la protección del medio ambiente o la lucha contra el terrorismo. En este orden de ideas, la utilidad de los convenios radica en su capacidad para crear normas internacionales que los Estados se comprometen a seguir, facilitando así la armonización de legislaciones y políticas.

La doctrina presenta a los pactos, como acuerdos que pueden tener un carácter más informal o que se centran en aspectos específicos, como los derechos humanos. Un ejemplo notable son los Pactos Internacionales de Derechos Humanos, que establecen compromisos para proteger y promover los derechos fundamentales. Su utilidad se encuentra en la promoción de estándares éticos y legales que los Estados deben respetar, contribuyendo al desarrollo de un orden internacional más justo.

Cuadro Nº 02: Tratados internacionales suscritos por Venezuela que abordan la protección de los derechos de los apátridas

Convención o Tratado Internacional Contenido Derechos Relevantes
Convención sobre el Estatuto de los Apátridas (1954): Este tratado proporciona un marco para la protección de los derechos de los apátridas, asegurando el acceso a derechos fundamentales. Derecho a la educación, empleo, vivienda, asistencia pública, acceso a los tribunales y libertad de movimiento.
Convención para Reducir los Casos de Apatridia (1961) Establece medidas para evitar la apatridia, especialmente al nacimiento, promoviendo que los Estados garanticen la nacionalidad en casos donde exista riesgo de apatridia. Derecho a adquirir una nacionalidad, especialmente para los niños nacidos en territorio de un Estado parte y que de otra manera serían apátridas
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1966) Este pacto, al que Venezuela está adherida, incluye disposiciones sobre el derecho a la nacionalidad y la prohibición de la discriminación. Derecho a la igualdad ante la ley, a la libertad de pensamiento, conciencia y religión, a la libertad de expresión, y a participar en la vida pública.
Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José, 1969) Proclama el derecho a la nacionalidad y establece que nadie puede ser privado arbitrariamente de su nacionalidad. Derechos relevantes: derecho a la identidad, a la vida privada y familiar, a la protección judicial y a la protección contra la discriminación.
Autora: Collantes, L. (2024)

En definitiva, la utilidad de estos instrumentos radica en su capacidad para regular las relaciones internacionales, establecer normas comunes y fomentar la cooperación entre Estados, lo que es fundamental para el mantenimiento de la paz y la seguridad global. En el caso de Venezuela, ha suscrito varios tratados internacionales que abordan la protección de los derechos de los apátridas, a continuación son presentados los más relevantes en opinión de la autora:

Principios de Derecho Internacional Privado que prevalecen para una persona apátrida

Partiendo de que el Derecho Internacional Privado (DIP) se ocupa de las relaciones jurídicas que involucran a personas de diferentes nacionalidades o a situaciones que trascienden fronteras. En el caso de una persona apátrida, es decir, alguien que no tiene nacionalidad reconocida por ningún país, la aplicación de la ley puede ser compleja. Algunos principios que prevalecen en este contexto son el principio de la nacionalidad, que establece que la ley aplicable a una persona generalmente se determina por su nacionalidad. Sin embargo, en el caso de apátridas, este principio no puede aplicarse de la misma manera. Según el artículo 1 de la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas de 1954, se reconoce que las personas apátridas no tienen una nacionalidad y, por lo tanto, requieren una protección especial.

El principio de la residencia habitual sugiere que la ley aplicable puede ser la del país donde la persona tiene su residencia habitual. Sin embargo, para los apátridas, la falta de una residencia habitual clara puede complicar la determinación de la ley aplicable. La Corte Internacional de Justicia ha señalado que la residencia habitual puede ser un factor determinante en la aplicación de la ley, pero debe ser evaluada en el contexto de la situación particular del apátrida (Corte Internacional de Justicia, 1985).

En el caso de apátridas, el principio de la protección de los derechos humanos, es fundamental considerar las normas internacionales que protegen a estas personas, en la Declaración Universal de Derechos Humanos y otros tratados internacionales, como la Convención sobre los Derechos del Niño, establecen que todas las personas, independientemente de su nacionalidad, tienen derechos que deben ser respetados.

Otro principio es el de la lex loci, que establece que la ley aplicable es la del lugar donde se produce el hecho jurídico. En el caso de un apátrida, esto puede ser relevante en situaciones como contratos o delitos, donde la ley del país donde ocurre el hecho puede ser la que se aplique. Para proteger los derechos civiles de las personas apátridas, se han establecido diversas medidas a nivel internacional y nacional. A continuación, se detallan algunas de estas medidas y su fundamento jurídico:

La Convención sobre el Estatuto de los Apátridas de 1954 establece en su artículo 1 que una persona apátrida es aquella que no es considerada como nacional por ningún Estado. Esta convención busca garantizar que las personas apátridas tengan acceso a ciertos derechos fundamentales, como el derecho a la identidad y a la nacionalidad. La Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH), adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1948, establece en su artículo 15 que toda persona tiene derecho a una nacionalidad. Esto implica que los Estados deben tomar medidas para prevenir la apatridia y proteger a quienes se encuentran en esta situación. La Convención sobre los Derechos del Niño (CDN) también menciona en su artículo 7 que todo niño tiene derecho a adquirir una nacionalidad. Esto es especialmente relevante para los niños apátridas, quienes requieren protección adicional. Muchos países han adoptado leyes que permiten la adquisición de la nacionalidad a personas apátridas o que facilitan la regularización de su estatus. Por ejemplo, algunos países permiten la naturalización de apátridas bajo ciertas condiciones. Es fundamental que las personas apátridas tengan acceso a servicios básicos como educación, salud y empleo. Esto se encuentra respaldado por diversos instrumentos internacionales de derechos humanos, como el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC) en su artículo 11 menciona el derecho a un nivel de vida adecuado, en su versión original (adoptado posteriormente por la Asamblea General de la ONU en 1966).

Así mismo, es observable, que en los artículos 21, 32, 33, 34,35, 36, 37,38, 39, 40,41 y 42 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999), se evidencia un compromiso del Estado con la protección de los derechos de las personas apátridas, asegurando su derecho a la nacionalidad, siendo esto fundamental para promover la inclusión y la justicia social en el país.

Materiales y métodos

Los aspectos relacionados con los métodos, procedimientos y técnicas que se utilizaron para el desarrollo del presente artículo, han sido basados en una investigación de tipo jurídico-dogmática, la cual permitió alcanzar los propósitos desarrollados en este análisis de acuerdo con las directrices y disposiciones establecidas en las normas establecidas para tal fin, a través del paradigma interpretativo que direccionó, el desarrollo investigativo desde lo teórico y lo metodológico; permitiendo comprender la realidad, y los aspectos que se estudian en su abordaje, bajo un enfoque cualitativo; el cual busca estudiar los significados de las acciones humanas y de la vida social del apátrida. En cuanto al diseño de la investigación, se asumió un diseño documental; al describir las diversas leyes y otros documentos legales, requeridos para la realización del estudio.

Conclusiones o reflexiones finales

En conclusión, los derechos civiles de las personas apátridas están protegidos por un marco jurídico internacional que, aunque no siempre los considera de manera explícita en cada tratado, garantiza que disfruten de ciertos derechos fundamentales. La Convención sobre el Estatuto de los Apátridas (ob.cit.), establece claramente que las personas apátridas deben tener acceso a derechos básicos como la educación, el trabajo y la libertad de movimiento. Además, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, al consagrar derechos universales aplicables a todas las personas, asegura que incluso los apátridas gocen de una serie de derechos civiles y políticos, como el derecho a la vida, la libertad y la seguridad personal, y el derecho a un juicio justo.

No obstante, a pesar de la existencia de estos marcos legales, la realidad de los apátridas sigue siendo una problemática compleja y a menudo invisible, donde la falta de nacionalidad continúa siendo una barrera que limita el ejercicio pleno de estos derechos. La implementación efectiva de los tratados depende en gran medida de la voluntad de los Estados, que deben garantizar el acceso a estos derechos sin discriminación y facilitar la naturalización de las personas apátridas. En este sentido, es crucial seguir avanzando en la protección de los apátridas, para asegurar que no solo existan disposiciones legales, sino que estas sean efectivamente aplicadas y respetadas en la práctica.

El Derecho Internacional Privado enfrenta retos complejos al tratar las situaciones de las personas apátridas, debido a la ausencia de una nacionalidad reconocida, lo que dificulta la aplicación de principios como el de la nacionalidad o la residencia habitual. Cuenta con Principios Fundamentales, tales como la protección de los derechos humanos, establecidos en diversos tratados internacionales, prevalecen y deben guiar la resolución de estos casos. Instrumentos como la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas de 1954 y la Declaración Universal de Derechos Humanos exigen que los apátridas disfruten de derechos esenciales, como el acceso a la nacionalidad y la protección contra la discriminación. Además, el principio de la lex loci puede ser relevante para la aplicación de leyes en situaciones concretas. El compromiso de los Estados, como lo refleja la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, es crucial para garantizar la inclusión social y la justicia, promoviendo la regularización del estatus de apátridas y el acceso a derechos básicos.

REFERENCIAS

Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR, 2017). Los apátridas: una población invisible [Informe]. https://www.acnur.org

Asamblea General de las Naciones Unidas. (1948). Declaración Universal de los Derechos Humanos. https://www.un.org/es/universal-declaration-human-rights/

Asamblea General de las Naciones Unidas. (1948). Declaración Universal de Derechos Humanos (Resolución 217 A (III)). https://www.un.org/es/universal-declaration-human-rights/

Asamblea General de las Naciones Unidas. (1954). Convención sobre el estatuto de los apátridas (Resolución 896 (IX)). Naciones Unidas. https://www.unhcr.org/1954-convention.html

Asamblea General de las Naciones Unidas. (1989). Convención sobre los Derechos del Niño (Resolución 44/25). https://www.ohchr.org/es/professional-interest/pa/convencion-sobre-los-derechos-del-nino

Asamblea General de las Naciones Unidas. (1966). Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (Resolución 2200A (XXI)).Naciones Unidas. https://www.ohchr.org/es/instruments-mechanisms/instruments/international-covenant-civil-and-political-rights

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999). Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, N° 36.860.

Comisión Interamericana de Derechos Humanos. (1969). Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José). https://www.oas.org/es/cidh/mandato /Basicos/convencion.asp

Comité de Derechos Humanos de la ONU (s/f.) Observación General No. 17 Derecho de los niños a la protección contra la violencia. https://www.ohchr.org/es/treaties/ccpr/general-comments

Comisión Interamericana de Derechos Humanos. (1969). Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José). https://www.oas.org/es/cidh/mandato /Basicos/convencion.asp

Convención sobre la nacionalidad de los Estados (Haya, 1930). Disponible en: https://www.hcch.net/es/instruments/ conventions/full-text/?cid=24

Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas. (1966). Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (Resolución 2200A (XXI)). https://www.ohchr.org/es/professional-interest/pa/pacto-internacional-de-derechos-civiles-y-politicos

Comité Ejecutivo de la Agencia de las Naciones Unidas para los Refugiados. (1961). Convención para Reducir los Casos de Apatridia. https://www.unhcr.org/es/conven cion-para-reducir-los-casos-de-apatridia.html

Comité Ejecutivo de la Agencia de las Naciones Unidas para los Refugiados. (1954). Convención sobre el Estatuto de los Apátridas. https://www.unhcr.org/es/convencion -sobre-el-estatuto-de-los-apatridas.html

Corte Internacional de Justicia. (1985). Caso de la nacionalidad de los miembros de la familia de un apátrida. La Haya.

Goris, I., Harrington, J. y Köhn, S. (2009). La apatridia: qué es y por qué importa. En Apátridas. Sin identidad legal. Escasos derechos. Escondidos de la sociedad. Olvidados. Revista Migraciones Forzadas,

Guy S. Goodwin-Gill y Jane McAdam en "The Refugee in International Law" (2007)

Hathaway, J. (2005). The rights of refugees under international law. Cambridge University Press. Estados Unidos de América.

Mansilla, A. (1988). Lecciones de Derecho Internacional Público. Valencia: Balder.

Nehemiah R. (1955) Convention Relating to the Status of Stateless Persons: Its History and Interpretation.

Salinas, R. (2016). Los apátridas, la lucha contra la apatridia y la experiencia Latinoamericana. Recuperado de: https://www.researchgate.net/publication/30793 6626_los_apatridas_la_lucha_contra_la_apatridia_y_la_experiencia_latinoamericana/link/57d2a5a908ae601b39a3fe4f/download

Urbina, A. (2012).Derecho Internacional de los Refugiados. Caracas: UCAB.

Weis, P. (1979). Nationality and statelessness in international law. Estados Unidos de America.University of Michigan Press.